> Ordenanza municipal sobre licencias urbanísticas
En función del tipo de actividad, la tramitación de la licencia es diferente.

Fuente: IHOBE
> Actividades exentas
Definición
Son las recogidas en los Anexos I, II y III del Decreto 165/99, del 9 de marzo, publicado en el BOPV del 26 de marzo de 1999, según se desarrollen en Suelo Urbano Industrial, Suelo No Urbanizable o Suelo Urbano Residencial respectivamente.
Tramitación
Fuente: IHOBE
> Actividades clasificadas
Definición
Todas aquellas actividades que no se incluyen en los Anexos I, II y III del Decreto 165/99, del 9 de marzo, publicado en el BOPV del 26 de marzo de 1999, así como las que no están contempladas en el Anexo I de la Ley 16/2002.
Las actividades clasificadas que estén asimismo recogidas en los Anexo I y II de la Ley 6/2001 o en el Anexo I de la Ley 3/1998 estarán sometidas al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.
Tramitación
a) Procedimiento Actividades Clasificadas (no afectadas por Evaluación de Impacto Ambiental

Fuente: IHOBE
b) Procedimiento para Actividades Clasificadas (afectadas por Evaluación de Impacto Ambiental)

Fuente: IHOBE
> Actividades IPPC
Definición
Actividades incluidas en el Anexo I de la Ley 16/2002, de 1 de julio, publicada en el BOE del 2 de julio de 2002. Estas actividades requieren de la Autorización Ambiental Integrada otorgada por el Gobierno Vasco.
Tramitación

Fuente: IHOBE